A 10 años de la Reforma Procesal Penal

Reforma Procesal Penal cumple 10 años.
 

Este 2010 se cumplen los diez años de la Reforma Procesal Penal (RPP), desde que fue promulgada durante el gobierno del ex Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle y mientras ejercía como ministra de Justicia la actual senadora Soledad Alvear (DC). Esta reforma se fundamentó en los principios de imparcialidad, transparencia, oralidad, rapidez, protección a víctimas y testigos, y de garantías del debido proceso.

Con este cambio normativo que tomó las ideas matrices del procedimiento penal alemán, y en menor grado, de Estados Unidos, se dejó atrás un sistema regido por un Código de Procedimiento Penal (CPP), presente desde de 1907 y hasta diciembre de 2000, el cual estaba basado en un procedimiento escrito e inquisitivo, en que un solo juez investigaba, acusaba, juzgaba y fallaba.

La ex Presidenta Michelle Bachelet en la ceremonia de conmemoración de los 10 años de la RPP, dijo que “la reforma penal es tal vez una de las transformaciones más trascendentales que ha vivido la sociedad chilena desde el restablecimiento de la democracia”.

Concretar este sistema significó para el Estado unos $340 mil millones, los cuales se dividieron en $180 mil millones para el Poder Judicial, $131 mil millones para el Ministerio Público y $30 mil millones para la Defensoría Penal Pública.

Los mayores cambios que produjo esta reforma fueron la creación del Ministerio Público como un organismo autónomo encargado de la persecución del delito, poniendo fin a un sistema basado en los escritos. Ahora los juicios orales son públicos y los actores principales son los jueces, defensores, fiscales, imputado/a, víctima etc. El lema de esta última entidad es “sin defensa, no hay justicia”.

Entre los principios inspiradores de la reforma, se han separado las funciones de investigar, acusar y juzgar. Las denuncias son investigadas por el Ministerio Público, el que hoy cuenta con 625 fiscales en todas las regiones de Chile, además de 438 nuevos jueces del Poder Judicial. (Imparcialidad)

En relación a la ciudadanía – víctimas e imputados- está garantizado el derecho de ser informado; como ejemplo de esto más del 99% de las audiencias ante jueces de Garantía han sido públicas, lo mismo que las audiencias de Juicio Oral que llegan a 100%. (Transparencia)

En cuanto a la inmediación se refiere, hay una constante presencia del juez, lo cual es un requisito indispensable para dar validez a cualquier actuación. No hay intermediarios entre él y las partes, hay una apreciación personal de todas las pruebas, y las víctimas, imputados/as y testigos, conocen directamente el fundamento de las resoluciones, sin necesidad de los antiguos actuarios.

La oralidad y la rapidez son parte esencial de la Reforma ya que el juicio se da en una o más audiencias en donde fiscal y defensor deben exponer sus argumentos frente al Juez de Garantía o Tribunal de Juicio Oral. (Más detalles estadísticos en Anuarios Estadísticos Interinstitucionales).

Para hacer más eficiente el sistema se cuenta con salidas alternativas para la resolución del conflicto, acortando el proceso y evitando llegar a Juicio Oral, y para contribuir a la concentración del este juicio se agrupan y presentan todas las pruebas existentes con el fin de que los jueces fallen de inmediato, ya sea absolviendo o condenando.

Estas políticas públicas tienen como objetivo incorporar los derechos humanos y los estándares internacionales al sistema de administración de justicia. Por eso existe un órgano especializado en la protección de víctimas y testigos, como el Ministerio Público. Las víctimas tienen la posibilidad de llegar a acuerdos reparatorios o de demandar, contar con audiencias reservadas, protección policial, y que los testimonios de menores sean sólo ante jueces.

Las atenciones a las víctimas son informadas gratuitamente por los fiscales y por la Unidad de Atención de Víctimas y Testigos del Ministerio Público. Y los intereses de la comunidad son representados por abogados (fiscales) y los imputados por letrados de la Defensoría Penal Pública, o abogados particulares (defensores públicos).

En el 2009 el Ministerio Público vio más de un millón 200 mil causas y obtuvo más de 248 mil condenas, lo cual también genera algunas críticas debido a la sobrepoblación carcelaria. Desde 2005 las sentencias se han multiplicado por seis, aumentando de 35 mil a 55 mil reos.

Las cifras de Gendarmería indican que la población penal con sistema cerrado, semi-abierto y abierto, ha pasado en la última década de un promedio anual de 57.240 personas en 1998 a 107.337 en el tercer trimestre de 2009, lo que se traduce en un alza de 87,5%.

“Hay que mirar y diferenciar qué tipo de presos tenemos en el país. Hay 10 mil que cumplen condenas por menos de 1 año y nuestra percepción es que en ese periodo más que rehabilitarse, empeoran”, ha sostenido en sus trabajos Lucía Dammert de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).

 

back to top